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Fernando Rodríguez | LA PATRIA La alcaldesa Olga Constanza Duque (izquierda) y
un grupo de funcionarios de la Alcaldía celebraron, después de la firma del
acta que determina que Salamina ya no está en Ley 550.
Sábado,
Diciembre 12, 2015
FERNANDO
RODRÍGUEZ
LA PATRIA
| SALAMINA
Por fin,
Salamina salió de Ley 550 o Ley de Quiebra. La firma
del acta por el cual se da por terminado el acuerdo de reestructuración de
pasivos del municipio la cumplió ayer la alcaldesa Olga Constanza Duque Chica.
La
mandataria expresó su satisfacción y explicó que esto se debe a una buena
gestión y al trabajo en equipo de los funcionarios de la administración
municipal. "Dejamos el municipio saneado completamente. Esperamos que la
próxima administración aproveche esta oportunidad y las puertas que se le abren
a Salamina, para que lleguen muchos más recursos de los que nosotros
conseguimos, para que le puedan brindar a los salamineños una mejor calidad de
vida", manifestó Duque Chica.
En el
numeral 12 del acta de terminación del acuerdo se indica que el Comité de
Vigilancia y Seguimiento de la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio
de Hacienda determina que los resultados de la financiación del acuerdo de
reestructuración son positivos para la consolidación de la sostenibilidad
fiscal e institucional, por el cumplimiento en el pago de las acreencias
reestructuradas, el pago de la deuda pública y el incremento de los recursos
propios del municipio dada la gestión tributaria. "También es evidente la
oportuna y buena defensa judicial que le permitió al municipio disminuir su
pasivo contingente significativamente", dice el texto.
Cabe
recordar, que Salamina entró a Ley 550 o de reestructuración en el 2004, pero
el acuerdo se modificó en el 2009 y lo actualizaron en el 2012.
Al final
del documento, la profesional Diana Villalba, promotora del acuerdo, entregó
nueve recomendaciones para que el municipio consolide su nueva situación
fiscal. Se destacan mntener la planta de nivel central ajustada a los criterios
de austeridad establecidos por la Ley 617 de 2000 para los municipios y
fortalecer los ingresos.
Salamina dia a dia
Fotografía / Luis Fernando Rodriguez Garcia
Salamina - Caldas
11 de diciembre de 2015
Consideraciones
En el numeral 12 del acta, se efectúan las
Consideraciones finales y declaración de terminación del acuerdo, así:
-
Que
el municipio de Salamina ha cumplido con las obligaciones establecidas durante la vigencia del acuerdo
de reestructuración de pasivos según consta en las certificaciones anexas a
esta acta y en la evolución del cumplimiento de los compromisos adquiridos con
la suscripción del acuerdo.
-
Que
conforme a lo verificado por el Comité de Vigilancia y Seguimiento por parte de
la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito
Publico, los resultados de la financiación del acuerdo de reestructuración de
pasivos son positivos para la consolidación de la sostenibilidad fiscal e
institucional por el cumplimiento en el pago de las acreencias reestructuradas;
el pago de la deuda pública, el incremento de los recursos propios del
municipio dada la gestión tributaria. También es evidente la oportuna y buena
defensa judicial que le permitió al municipio disminuir su pasivo contingente
significativamente.
-
Que
de conformidad con el artículo 36 de la Ley 550 de 1999, esta acta será
registrada por la promotora en el registro de que trata el artículo 58 de la
Ley 550 de 1999 en el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico como constancia
de su terminación y para que sea oponible a terceros a partir de la fecha de
dicha inscripción.
-
Que
los firmantes en representación de los grupos de acreedores del acuerdo de
reestructuración y miembros del comité de vigilancia se declaran a paz y salvo
por los conceptos emanados del mismo acuerdo. Se deja constancia de la
terminación del acuerdo de reestructuración de pasivos.
-
Recomendaciones
En el numeral 11 del acta, la Dra. Diana
Villalba promotora del acuerdo de reestructuración de pasivos del municipio de
Salamina (Caldas), da recomendaciones pertinentes a la culminación del proceso:
1-
Mantener
y fortalecer la defensa judicial del municipio, mediante la constitución de un
equipo humano y técnico idóneo y suficiente que permita una respuesta oportuna
y eficiente frente a cada uno de los procesos.
2-
Tener
bajo custodia el archivo del proceso de reestructuración de pasivos, con los
soportes de cada una de las acreencias canceladas y depuradas.
3-
Mantener
el fondo de contingencias del acuerdo, en la aplicación de la Ley 819/03, para
lo cual requiere elevar a Acurdo municipal la constitución del mismo, en el que
se establezcan las rentas que lo provisionen, destinación y uso de estos
recursos, para atender eventual pago obligaciones litigiosas.
4-
Modernizar
el sistema de información presupuestal, financiera y contable para efectos de
que haya consistencia y oportunidad en la presentación de informes.
5-
Cumplir
con los indicadores de disciplina fiscal contemplados en las Leyes 617 de 2000,
358 de 1997 y 819 de 2003 entre otras.
6-
Mantener
la planta de nivel central ajustada a los criterios de austeridad, racionalidad
y en cumplimiento de los limites de gasto de funcionamiento establecidos por la
Ley 617 de 2000 para los municipios.
7-
Se
recomienda fortalecer el área de ingresos en procura de seguir mejorando los
recaudos tributarios, a través de la capacitación de los funcionarios en otras
medidas que les permita adelantar procedimientos de fiscalización, liquidcion
oficial y cobro coactivo.
8-
Adelantar
el proceso de revisión de legalidad de pensiones y con ello hacer seguimiento a
las cuotas partes pensiónales que están cobrando al municipio y las que se
deben cobrara por parte de la administración.
9-
Llevar
a cabo los procesos y procedimientos establecidos en la normatividad expedida
por la Contaduría General de la Nación, realizando las reuniones del comité de
sostenibilidad contable, instancia que debe determinar las decisiones respecto
al proceso de depuración. Estas acciones deben estar plenamente argumentadas
legal y técnicamente como también soportadas en las disposiciones legales que
rige la materia. Se recuerda que las decisiones a que haya lugar deben ser
plasmadas en las respectivas actas de ese comité.
Y concluye el documento: la presente acta
produce efectos jurídicos a partir de su perfeccionamiento, es decir con la
firma de las partes y el registro correspondiente.
Firmaron
el acta:
Olga Constanza Duque Chica, alcaldesa de Salamina; José Jesús Jaramillo,
Representante de pensionados acreedor grupo uno; Dora Luz Román Noreña,
representante de los empleados y exempleados grupo uno; Teresita Pérez Patiño
Empocaldas, representante entidades públicas grupo dos; Sandra Liliana Rodríguez
M. Davivienda, representante entidades financieras y vigiladas grupo tres;
Claudia Patricia Villegas Tamayo Empresa Mixta Municipal de Servicios,
representante entidades financieras y vigiladas grupo cuatro.
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