Jueves, Febrero 18, 2016
B. Eugenia Giraldo
LA PATRIA | MANIZALES
La atención básica que prestan las EPS tiene algunos cambios que se evidencian en el nuevo Plan de beneficios en Salud que rige desde enero de este año. Para no ir muy lejos, su entidad de salud tiene la obligación de darle la atención básica: urgencias y médico general y las especialidades como pediatría, ginecología y la de medicina interna fue cambiada por medicina familiar.
El médico y abogado José Norman Salazar G., director del Centro Colombiano de Derecho Médico, en Manizales, asegura que sin que los usuarios de percaten este 2016 llegó con una serie de cambios en el sistema de salud que provocará más de un dolor de cabeza en los usuarios.
En su concepto, este Plan es regresivo con relación a los derechos que tienen los usuarios. "Entre sus novedades anuncia que en el nuevo POS los preservativos pasan a ser considerados como un dispositivo para la prevención de enfermedades de transmisión sexual. Me pregunto: a un paciente hipertenso o con múltiples enfermedades no le va a interesar que le den condones cuando se le están negando los medicamentos que van a controlar su enfermedad. Entonces, le dan caramelo por un lado y garrote por el otro".
El médico Salazar explica otros aspectos de este plan:
El primero es la modificación de los códigos de procedimientos, lo que llaman los Cups, códigos que utiliza todo el sistema de salud. Estos cambios influyen en el contenido del POS y No POS.
¿Qué sucede con el Plan Obligatorio de Salud?
Esta reforma va en contravía de lo que dice la Ley Estatutaria de Salud. El Gobierno Nacional tiene plazo hasta febrero del 2017 para sacar un POS definitivo que solo indicará lo que no cubre y ahora saca un listado sobre lo que cubre.
¿Qué otros cambios incluye?
Hay unas enormes inequidades para los usuarios. A las EPS les quitaron la obligación de tener la atención de primer nivel o básica con pediatría, ginecología, medicina interna y esta última especialidad se la cambiaron por medicina familiar, teniendo en cuenta que hay menos especialistas en esta área que en medicina interna en el país. Esto representa una disminución en los beneficios que van a tener los usuarios.
¿Se ampliará el uso de la Telesalud?
Sí. La Telesalud se hizo para aquellos municipios lejanos donde no hay la posibilidad de tener un especialista, lo que es muy bueno. Pero ahora lo universalizaron y la van a permitir en aquellos municipios en los que la EPS no tenga cobertura. La atención médica especializada casi que va a ser a distancia.
¿Quiere decir que se aplicará en cualquier ciudad?
Claro. Por ejemplo, si una EPS no quiso contratar médico internista, cardiólogo o reumatólogo en Manizales podrá acudir a la Telesalud desde Bogotá para efectuar las consultas. No habrá contacto médico-paciente, aunque esté en una ciudad que tiene recursos y especialistas en estas áreas. Está bien para municipios lejanos, pero es gravísimo y perjudicial porque le colocaron el mico donde dice: "o en aquellas ciudades donde la oferta no sea cubierta por la EPS".
Sí. En el POS anterior la EPS tenía el deber de suministrar los gastos de desplazamiento. Ahora la EPS solo va a cubrir el traslado ambulatorio de pacientes que sean de pediatría, ginecoobstetricia o medicina familiar que no se den en la ciudad donde residen. Por ejemplo, si a un usuario lo envían a una consulta cardiológica a Pereira los gastos corren por su cuenta.
¿También vale para los traslados en ambulancia?
Sí, a no ser que sea un traslado en ambulancia ordenado por el médico, pero ambulatorio no. Por ejemplo, el paciente de Salamina que tiene una cita con cirugía en Manizales, ya no le cubre. Esto para mí es un retroceso.
¿Cómo funciona el listado de medicamentos?
El listado referenciado en el Plan de Beneficios en Salud coarta la posibilidad que tienen algunos especialistas de hacer manejo con medicamentos especiales. En este caso están las moléculas tal como se presentan en el mercado, pero ponen la barrera de que el médico tendría que sustentar ampliamente el uso de las que no se incluyen, mientras que la Ley Estatutaria establece la autonomía médica y es el médico el responsable de formular lo que el paciente necesita de acuerdo con las condiciones de salud.
¿Qué va a pasar con las enfermedades huérfanas?
El POS no va a cubrir procesos educativos para algunos pacientes con déficit cognitivo.
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Tal como está la definición, también excluye otros procedimientos que sí son indispensables. Hay procedimientos laparoscópicos que con la sola definición son excluidos.
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Las universidades del Eje Cafetero no tienen la especialidad de medicina familiar, solo está en Bogotá y Cali.
--R
Todos los lunes en el Centro Colombiano de Derecho Médico en Manizales usted puede solicitar asesoría gratuita para resolver sus problemas de atención en las EPS.
--R
Lea en www.lapatria.com la Resolucion 5521 de 2013 sobre el Plan de Beneficios en Salud
LA PATRIA | MANIZALES
La atención básica que prestan las EPS tiene algunos cambios que se evidencian en el nuevo Plan de beneficios en Salud que rige desde enero de este año. Para no ir muy lejos, su entidad de salud tiene la obligación de darle la atención básica: urgencias y médico general y las especialidades como pediatría, ginecología y la de medicina interna fue cambiada por medicina familiar.
El médico y abogado José Norman Salazar G., director del Centro Colombiano de Derecho Médico, en Manizales, asegura que sin que los usuarios de percaten este 2016 llegó con una serie de cambios en el sistema de salud que provocará más de un dolor de cabeza en los usuarios.
En su concepto, este Plan es regresivo con relación a los derechos que tienen los usuarios. "Entre sus novedades anuncia que en el nuevo POS los preservativos pasan a ser considerados como un dispositivo para la prevención de enfermedades de transmisión sexual. Me pregunto: a un paciente hipertenso o con múltiples enfermedades no le va a interesar que le den condones cuando se le están negando los medicamentos que van a controlar su enfermedad. Entonces, le dan caramelo por un lado y garrote por el otro".
El médico Salazar explica otros aspectos de este plan:
Modificaciones
¿Cuáles son esos cambios?El primero es la modificación de los códigos de procedimientos, lo que llaman los Cups, códigos que utiliza todo el sistema de salud. Estos cambios influyen en el contenido del POS y No POS.
¿Qué sucede con el Plan Obligatorio de Salud?
Esta reforma va en contravía de lo que dice la Ley Estatutaria de Salud. El Gobierno Nacional tiene plazo hasta febrero del 2017 para sacar un POS definitivo que solo indicará lo que no cubre y ahora saca un listado sobre lo que cubre.
¿Qué otros cambios incluye?
Hay unas enormes inequidades para los usuarios. A las EPS les quitaron la obligación de tener la atención de primer nivel o básica con pediatría, ginecología, medicina interna y esta última especialidad se la cambiaron por medicina familiar, teniendo en cuenta que hay menos especialistas en esta área que en medicina interna en el país. Esto representa una disminución en los beneficios que van a tener los usuarios.
¿Se ampliará el uso de la Telesalud?
Sí. La Telesalud se hizo para aquellos municipios lejanos donde no hay la posibilidad de tener un especialista, lo que es muy bueno. Pero ahora lo universalizaron y la van a permitir en aquellos municipios en los que la EPS no tenga cobertura. La atención médica especializada casi que va a ser a distancia.
¿Quiere decir que se aplicará en cualquier ciudad?
Claro. Por ejemplo, si una EPS no quiso contratar médico internista, cardiólogo o reumatólogo en Manizales podrá acudir a la Telesalud desde Bogotá para efectuar las consultas. No habrá contacto médico-paciente, aunque esté en una ciudad que tiene recursos y especialistas en estas áreas. Está bien para municipios lejanos, pero es gravísimo y perjudicial porque le colocaron el mico donde dice: "o en aquellas ciudades donde la oferta no sea cubierta por la EPS".
Depende
Sobre el traslado de pacientes ¿también hay modificaciones?Sí. En el POS anterior la EPS tenía el deber de suministrar los gastos de desplazamiento. Ahora la EPS solo va a cubrir el traslado ambulatorio de pacientes que sean de pediatría, ginecoobstetricia o medicina familiar que no se den en la ciudad donde residen. Por ejemplo, si a un usuario lo envían a una consulta cardiológica a Pereira los gastos corren por su cuenta.
¿También vale para los traslados en ambulancia?
Sí, a no ser que sea un traslado en ambulancia ordenado por el médico, pero ambulatorio no. Por ejemplo, el paciente de Salamina que tiene una cita con cirugía en Manizales, ya no le cubre. Esto para mí es un retroceso.
¿Cómo funciona el listado de medicamentos?
El listado referenciado en el Plan de Beneficios en Salud coarta la posibilidad que tienen algunos especialistas de hacer manejo con medicamentos especiales. En este caso están las moléculas tal como se presentan en el mercado, pero ponen la barrera de que el médico tendría que sustentar ampliamente el uso de las que no se incluyen, mientras que la Ley Estatutaria establece la autonomía médica y es el médico el responsable de formular lo que el paciente necesita de acuerdo con las condiciones de salud.
¿Qué va a pasar con las enfermedades huérfanas?
El POS no va a cubrir procesos educativos para algunos pacientes con déficit cognitivo.
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Medicina alternativa
Se faculta a que las EPS incluyan tratamientos alternativos dentro del plan de manejo, lo que facilitaría utilizar centros de medicina alternativa para el manejo de algunas patologías.--------------
Exclusiones
Sobresalen buena parte de procedimientos por laparoscopia, así como la reducción de tejido adiposo por liposucción o lipectomía; también está excluido el injerto de cuero cabelludo o la cirugía para acné.Tal como está la definición, también excluye otros procedimientos que sí son indispensables. Hay procedimientos laparoscópicos que con la sola definición son excluidos.
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Las universidades del Eje Cafetero no tienen la especialidad de medicina familiar, solo está en Bogotá y Cali.
--R
Todos los lunes en el Centro Colombiano de Derecho Médico en Manizales usted puede solicitar asesoría gratuita para resolver sus problemas de atención en las EPS.
--R
Lea en www.lapatria.com la Resolucion 5521 de 2013 sobre el Plan de Beneficios en Salud
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